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TEMAS DE CONTABILIDAD: INFORMACIóNgeneral a cualquier tipo de entidad. ° En las normas de valoración relativas a gastos e ingresos, se introducen los criterios necesarios para valorar adecuadamente los que se producen en estas entidades, diferenciando los específicos de la actividad propia de los realizados en la actividad mercantil. ° Tratamiento del impuesto sobre sociedades en los casos de exención. ° Tratamiento contable de las subvenciones, donaciones y legados. Inicio de aplicación La norma de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades entran en vigor el día 15 de mayo de 1998. La aplicación será obligatoria para los ejercicios que se inicien con posterioridad al 31 de diciembre de 1998. Las normas de información presupuestaria serán obligatorias para los presupuestos correspondientes a los ejercicios que se inicien con posterioridad al 31 de diciembre de 1998. SOCIEDADES CONCESIONARIAS DE AUTOPISTAS, TÚNELES, PUENTES Y OTRAS VÍAS DE PEAJE Normativa reguladora Orden de 10 de diciembre de 1998, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las sociedades concesionarias de autopistas, túneles, puentes y otras vías de peaje. Ley 8/1972, de 10 de mayo, y Decreto 215/1973, de 25 de enero. En todo lo no modificado por esta Orden será de aplicación el Plan General de Contabilidad (PGC), así como las Resoluciones dictadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). Ámbito de aplicación Esta norma de adaptación será de aplicación obligatoria para todas las sociedades cuyo objeto social sea promover la construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión así como a las sociedades concesionarias de túneles, puentes y otras vías de peaje, que queden sometidas al mismo régimen que las autopistas de peaje. Estas empresas aplicarán, de manera obligatoria, esta adaptación a los ejercicios que se inicien con posterioridad al 31 de diciembre de 1998. Características principales Esta norma de adaptación tiene la misma estructura que el Plan General de Contabilidad La adaptación afecta a las distintas partes del plan de la siguiente manera: - Principios contables: no contiene modificaciones respecto del PGC. - Cuadro de cuentas: contiene las cuentas y subgrupos especiales del sector que no figuran en el PGC, y aquellas otras que han sufrido algún tipo de modificación. - Definiciones y relaciones contables: dota de contenido y explica el movimiento de las cuentas del cuadro. Ha sido necesario adaptar el contenido y movimiento de algunas cuentas para ponerlo en relación con las actividades específicas de este tipo de empresas. - Normas de elaboración de las cuentas anuales: respecto a esta materia las principales características de esta adaptación son las siguientes: ° Incorporación de las modificaciones, de aplicación general, introducidas en el TRLSA por la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de SRL, y por el Real Decreto 572/1997, de 18 de abril. ° Los modelos de balance y cuenta de pérdidas y ganancias sufren las modificaciones necesarias para adaptarlos a las características de estas empresas. ° Se introducen modificaciones en algunos apartados de la memoria así como nuevos apartados.
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