estados contables
contabilidad estados contables contabilidad de estados contables balance contabilidad estado de resultados
impuestos

TEMAS DE CONTABILIDAD: BENEFICIOS

RD 1.815/91

PRÁCTICA CONTABLE

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS CONSOLIDADA

A. GASTOS Ejerc. N. Ejerc. N-1 B. INGRESOS Ejerc. N. Ejerc. N-1

01. Reducción de existencias de produc02. 03. 04. 05. 06.

tos terminados y en curso de fabricación Consumos y otros gastos externos* Gastos de personal a) Sueldos, salarios y asimilados b) Cargas sociales Dotaciones para amortizaciones de inmovilizado Variación de provisiones de tráfico Otros gastos de explotación

01. Importe neto de la cifra de negocios 02. Aumento de existencias de productos terminados y en curso de fabricación 03. Trabajos efectuados por el grupo para el inmovilizado 04. Otros ingresos de explotación

I. BENEFICIOS DE EXPLOTACIÓN

I. PÉRDIDAS DE EXPLOTACIÓN 05. Ingresos por participaciones en capital 06. Otros ingresos financieros 07. Beneficios de inversiones financieras temporales 08. Diferencias positivas de cambio 09. Resultados positivos de conversión II. RESULTADOS FINANCIEROS NEGATIVOS 10. Participación en beneficios de sociedades puestas en equivalencia 11. Reversión de diferencias negativas de consolidación III. PÉRDIDAS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS 12. Beneficios procedentes del inmovilizado 13. Beneficios por enajenaciones de participaciones en sociedades consolidadas por integración global o proporcional 14. Beneficios por enajenación de participaciones puestas en equivalencia 15. Beneficio por operaciones con acciones de la sociedad dominante y con pasivos financieros del grupo. 16. Subvenciones en capital transferidas al resultado del ejercicio 17. Ingresos o beneficios extraordinarios IV. RESULTADOS NEGATIVOS EXTRAORDINARIOS

07. Gastos financieros 08. Pérdidas de inversiones financieras

temporales

09. Variación de provisiones de inversiones financieras 10. Diferencias negativas de cambio 11. Resultados negativos de conversión II. RESULTADOS FINANCIEROS POSITIVOS 12. Participación en pérdidas de sociedades puestas en equivalencia 13. Amortización del fondo de comercio de consolidación III. BENEFICIOS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS 14. Pérdidas procedentes del inmovilizado 15. Variación de provisiones de inmovilizado material e inmaterial 16. Pérdidas por enajenaciones de participaciones en sociedades consolidadas por integración global o proporcional 17. Pérdidas por enajenaciones de participaciones puestas en equivalencia 18. Pérdidas por operaciones con acciones de la sociedad dominante y con pasivos financieros del grupo 19. Gastos y pérdidas extraordinarias IV. RESULTADOS POSITIVOS EXTRAORDINARIOS

IV. BENEFICIOS CONSOLIDADOS ANTES DE IMPUESTOS 20. Impuestos sobre beneficios VI. RESULTADO CONSOLIDADO EJERCICIO (BENEFICIO) DEL

IV. PÉRDIDAS CONSOLIDADAS ANTES DE IMPUESTOS

VI. RESULTADO CONSOLIDADO EJERCICIO (PÉRDIDA)

DEL

21. Resultado atribuido a socios externos (Beneficio) VII. RESULTADO DEL EJERCICIO ATRIBUIDO A LA SOCIEDAD DOMINANTE (BENEFICIO)

18. Resultado atribuido a socios externos (Pérdida) VII. RESULTADO DEL EJERCICIO ATRIBUIDO A LA SOCIEDAD DOMINANTE (PÉRDIDA)

* Si existiere, se desglosará la partida «Inmovilizado transformado en existencias» (ver consulta 14, BOICAC n.o 9, abril 1992).

II - 70

FORMULACIÓN DE CUENTAS ANUALES CONSOLIDADAS

RD 1.815/91

CONTENIDO DE LA MEMORIA CONSOLIDADA 1. Sociedades dependientes Identificación de las sociedades dependientes incluidas en la consolidación, con mención de: Nombre y domicilio. Importe de la participación y porcentaje nominal de su capital poseído por las sociedades del grupo o las personas que actúen en su propio nombre, pero por cuenta de ellas, precisando la sociedad titular de la participación en ambos casos. Supuesto del artículo 2 de estas normas que determina su configuración como sociedad dependiente. Actividades realizadas. En su caso, motivo de exclusión de la aplicación del método de integración global, justificando la decisión e indicando la incidencia que produzca la aplicación del procedimiento de puesta en equivalencia sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados del conjunto de las sociedades incluidas en la consolidación. Ejercicio económico y fecha de cierre de las últimas cuentas anuales y, en su caso, de las cuentas intermedias elaboradas para la consolidación. Identificación de las sociedades dependientes que se excluyen del perímetro de la consolidación, con mención de: Nombre y domicilio. Importe de la participación y porcentaje de su capital poseído por las sociedades del grupo o las personas que actúen en su propio nombre, pero por cuenta de ellas, precisando la sociedad titular de la participación en ambos casos. Supuesto que determina su configuración como sociedad dependiente. Actividades que realiza. Motivo de la exclusión y justificación. Capital, reservas y resultados del último ejercicio conocido. 2. Sociedades asociadas y multigrupo Identificación de las sociedades asociadas y multigrupo con mención de: Nombre y domicilio. Importe de la participación y porcentaje nominal de su capital poseído por las sociedades del grupo o las personas que actúen en su propio nombre, pero por cuenta de ellas, precisando la sociedad titular de la participación en ambos casos. Supuesto que determina su configuración como sociedad asociada o multigrupo. Actividades realizadas. Cuando se trate de sociedades multigrupo: Identificación de personas o entidades que gestionan conjuntamente con el grupo, así como el método de consolidación aplicado, justificando el uso, en su caso, del método de puesta en equivalencia. Identificación de las sociedades asociadas y multigrupo excluidas del perímetro de la consolidación, indicando la misma información señalada en la nota 1 anterior para el caso de exclusión de sociedades dependientes. 3. Bases de presentación de las cuentas anuales consolidadas a) Imagen fiel: Razones excepcionales por las que, para mostrar la imagen fiel, no se han aplicado disposiciones legales en materia contable e influencia de tal proceder sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados del grupo. Informaciones complementarias que resulte necesario incluir cuando la aplicación de las disposiciones legales no sea suficiente para mostrar la imagen fiel. b) Principios contables: Razones excepcionales que justifican la falta de aplicación de un principio contable obligatorio, indicando la incidencia en el patrimonio, la situación financiera y los resultados del grupo. c) Comparación de la información: Razones excepcionales que justifican la modificación de la estructura del balance y de la cuenta de pérdidas y ganancias consolidadas del ejercicio anterior.

MARZO 1994

Explicación de las causas que impiden la comparación de las cuentas anuales consolidadas del ejercicio corriente con las del precedente. Explicación de la adaptación de los importes del ejercicio precedente para facilitar la comparación y, en caso contrario, la imposibilidad de realizar esta adaptación. En el ejercicio en que se produzca un cambio en el perímetro de la consolidación o en el conjunto consolidable se informará sobre tal circunstancia, mencionando el nombre y domicilio de las sociedades que hayan producido tales cambios e indicando globalmente el efecto que tal variación ha producido sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados del grupo consolidado en el ejercicio corriente respecto al precedente. d) Información sobre operaciones significativas que se realicen entre sociedades del perímetro de la consolidación, cuando el ejercicio social de una de ellas finaliza en fecha anterior en no más de tres meses a la fecha de cierre de las cuentas consolidadas. 4. Normas de valoración Se indicarán los criterios contables aplicados en relación con las siguientes partidas: a) Fondo de comercio de consolidación; indicando los criterios empleados en su cálculo y amortización. Justificación, en su caso, de la amortización del fondo de comercio de consolidación en un período superior a cinco años. b) Diferencia negativa de consolidación; indicando los criterios utilizados en su cálculo e imputación, en su caso, a la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada. c) Transacciones entre sociedades incluidas en el perímetro de la consolidación; indicando los criterios aplicados en la eliminación de resultados y de los créditos y débitos recíprocos, por operaciones internas. d) Homogeneización de partidas de las cuentas individuales de las sociedades incluidas en el perímetro de la consolidación; indicando los criterios aplicados para efectuar tal homogeneización. e) Conversión de cuentas anuales de sociedades extranjeras incluidas en el perímetro de la consolidación; indicando el método aplicado, la opción elegida entre las permitidas en el apartado b) del artículo 55 o en el c) del artículo 56 y el tratamiento de las diferencias de conversión surgidas. f) Gastos de establecimiento; indicando los criterios utilizados para la capitalización y amortización. g) Inmovilizado inmaterial; indicando los criterios utilizados para la capitalización, amortización, dotación de provisiones y, en su caso, saneamiento. Justificación, en su caso, de la amortización del fondo de comercio en un período superior a 5 años. Además se informará sobre los criterios de contabilización de contratos de arrendamiento financiero. h) Inmovilizado material; indicando los criterios sobre: Amortización y dotación de provisiones. Capitalización de intereses y diferencias de cambio. Contabilización de costes de ampliación, modernización y mejoras. Determinación del coste de los trabajos efectuados por el grupo para su inmovilizado. Las partidas del inmovilizado material que figuran en el activo por una cantidad fija. Actualizaciones de valor practicadas al amparo de una ley. i) Valores mobiliarios a corto y a largo plazo; indicando los criterios de valoración, y en particular precisando los seguidos sobre correcciones valorativas. j) Créditos no comerciales a corto y a largo plazo; indicando los criterios de valoración, y en particular, precisando los seguidos en las correcciones valorativas. k) Existencias; indicando los criterios de valoración, y en particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas. Además se precisarán los criterios de valoración de las partidas que figuran en el activo por una cantidad fija. l) Acciones de la sociedad dominante; indicando los criterios de valoración. II - 71

RD 1.815/91

PRÁCTICA CONTABLE

m) Subvenciones; indicando el criterio de imputación a resultados. n) Provisiones para pensiones y obligaciones similares; indicando el criterio de contabilización y realizando una descripción general del método de estimación y cálculo de cada uno de los riesgos cubiertos. o) Otras provisiones para riesgos y gastos; indicando el criterio de contabilización y realizando una descripción general del método de estimación y cálculo de los riesgos o gastos incluidos en dichas provisiones. p) Deudas a corto y largo plazo; indicando los criterios de valoración, así como los de imputación a resultados de los gastos por intereses o primas diferidas. q) Impuesto sobre beneficios; indicando los criterios utilizados para su contabilización. r) Transacciones en moneda extranjera; indicando lo siguiente: Criterios de valoración de saldos en moneda extranjera. Procedimiento empleado para calcular el tipo de cambio en pesetas de elementos patrimoniales que en la actualidad o en su origen hubiesen sido expresados en moneda extranjera. Criterio de contabilización de las diferencias de cambio. s) Ingresos y gastos. 5. Fondo de comercio de consolidación 5.1. Análisis del movimiento de los epígrafes del balance consolidado incluidos en esta agrupación, indicando: Saldo inicial. Adiciones. Reducciones. Amortización. Saldo final. Se deberá describir sintéticamente las operaciones que han originado las adiciones y reducciones cuando sean significativas. 5.2. Desglose del saldo final en función de las participaciones que han generado el fondo de comercio de consolidación. 6. Diferencias negativas de consolidación 6.1. Análisis del movimiento de los epígrafes del balance consolidado incluidos en esta agrupación, indicando: Saldo inicial. Adiciones. Reducciones. Imputación a resultados. Saldo final. Se deberá describir, sintéticamente, las operaciones que han originado las adiciones, reducciones e imputaciones a resultados, cuando sean significativas. 6.2. Desglose del saldo final en función de las participaciones que han generado las diferencias negativas de consolidación. 7. Participaciones en sociedades puestas en equivalencia Desglose de esta partida, por sociedades puestas en equivalencia, indicando el movimiento del ejercicio y las causas que lo han originado. 8. Gastos de establecimiento Análisis del movimiento de este epígrafe del balance consolidado durante el último ejercicio; indicando lo siguiente: Saldo inicial. Adiciones. Amortización. Saneamiento. Saldo final. Si hubiera alguna partida significativa, por su naturaleza o por su importe, se facilitará la pertinente información adicional. 9. Inmovilizado inmaterial Análisis del movimiento, durante el ejercicio, de este epígrafe del balance consolidado y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y provisiones; indicando lo siguiente: Saldo inicial. II - 72

Entradas o dotaciones. Aumento por transferencias o traspaso de otra cuenta Salidas, bajas o reducciones. Disminuciones por transferencias o traspaso a otra cuenta Saldo final. Se informará sobre los bienes poseídos en régimen de arrendamiento financiero: coste del bien en origen, excluido el valor de la opción de compra, duración del contrato, años transcurridos, cuotas satisfechas en años anteriores y en el ejercicio, cuotas pendientes y valor de la opción de compra. Se detallarán los elementos significativos que puedan existir en este epígrafe y se facilitará información adicional sobre su uso (patentes, concesiones, etc.), fecha de caducidad y período de amortización. 10. Inmovilizado material 10.1. Análisis del movimiento, durante el ejercicio, de cada partida del balance consolidado incluida en este epígrafe y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y provisiones; indicando lo siguiente: Saldo inicial. Entradas o dotaciones. Aumento por transferencias o traspaso de otra cuenta Salidas, bajas o reducciones. Disminuciones por transferencias o traspaso a otra cuenta Saldo final. Cuando se efectúen actualizaciones de valor, deberá indicarse: Ley que lo autoriza. Sociedades del conjunto consolidable que se han acogido a la ley de actualización y porcentaje que representen los activos objeto de la revalorización sobre el importe total de los activos consolidados correspondientes a la misma categoría de bienes. Sociedades puestas en equivalencia que se han acogido a la ley de actualización. Importe de la revalorización de cada partida, así como del aumento de la amortización acumulada. Efecto de la actualización sobre la dotación a la amortización y, por tanto, sobre el resultado consolidado del próximo ejercicio. 10.2. Información sobre: Importe de las revalorizaciones netas acumuladas, al cierre del ejercicio, realizadas al amparo de una ley y el efecto de dichas revalorizaciones sobre la dotación a la amortización y a las provisiones en el ejercicio. Coeficientes de amortización utilizados por grupos de elementos. Características e importe de las inversiones en inmovilizado material adquiridas a empresas del grupo y multigrupo o asociadas excluidas del perímetro de la consolidación y a empresas asociadas. Características de las inversiones en inmovilizado material situadas fuera del territorio español, con indicación de su valor contable y de la correspondiente amortización acumulada. Cuantía de los intereses y diferencias de cambio capitalizados en el ejercicio. Características del inmovilizado no afecto directamente a la explotación indicando su valor contable y la correspondiente amortización acumulada. Importe y características de los bienes totalmente amortizados, obsoletos técnicamente o no utilizados. Bienes afectos a garantías y reversión. Subvenciones y donaciones recibidas relacionadas con el inmovilizado material. Compromisos firmes de compra y fuentes previsibles de financiación, así como los compromisos firmes de venta. Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte a bienes del inmovilizado material tal como: arrendamientos, seguros, litigios, embargos y situaciones análogas. 11. Valores mobiliarios 11.1. Desglose de los valores mobiliarios por plazo de vencimiento (corto y largo plazo), por tipo de valores (renta fija y variable) y por emisores (sociedades puestas en equivalencia, y otros deudores), con indicación de las correspondientes provisiones.

Página anterior Página siguiente
costos gastos estados contables balance
cuadro de fuentes y usos cuadro de orígenes y aplicaciones de fondos estados contables contabilidad cuentas pasivo activo patrimonio neto deudas corriente no corriente